SOLO PARA PROGRAMAS DE GRADUACIÓN
Las personas declaradas refugiadas por el Comité Nacional para Refugiados (Conare) podrán solicitar la admisión por ingreso especial en la UnB como estudiantes regulares en los cursos de grado, según lo establecido en el artículo 1 de la Ley n.º 9.474/1997:
Art. 1º Se reconocerá como refugiado a toda persona que:
I – debido a temores fundados de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera de su país de nacionalidad y no pueda o no quiera acogerse a la protección de dicho país;
II – no tiene nacionalidad y se encuentra fuera del país donde tenía su residencia habitual, no puede o no quiere regresar a él, debido a las circunstancias descritas en el inciso anterior;
III – debido a una violación grave y generalizada de los derechos humanos, se ve obligado a abandonar su país de nacionalidad para buscar refugio en otro país.
No se aceptará la solicitud de admisión en calidad de refugiado de las personas que se encuentren en al menos una de las siguientes situaciones:
-
- no se beneficia del estatuto de refugiado al cumplir los requisitos del artículo 3 de la Ley nº 9.474/1997;
-
- completó sus estudios secundarios en Brasil;
La decisión sobre la aceptación del ingreso bajo la condición de refugiado corresponde a la Cámara de Docencia de Pregrado (CEG), con base en un informe detallado de la Junta de Carrera de Pregrado correspondiente.
Para cubrir los requisitos de admisión a la carrera de pregrado deseada, se utilizarán las plazas vacantes resultantes de bajas de estudiantes, traslados a otras instituciones de educación superior o plazas remanentes del examen de ingreso, es decir, debe existir una vacante en la carrera deseada.
Un refugiado solo podrá obtener una plaza en la UnB (Universidad de Brasilia) bajo esta condición una sola vez y tendrá los mismos derechos y obligaciones que los demás estudiantes de la UnB, de conformidad con las normas legales y reglamentarias, así como con esta resolución.
La presentación de documentación que acredite la escolaridad correspondiente a la educación secundaria en el sistema educativo brasileño es esencial para el análisis de la solicitud de admisión como refugiado. En ausencia de documentación de escolaridad, el CONARE (Comité Nacional para los Refugiados) certificará la escolaridad requerida, o el candidato deberá someterse a los procedimientos de admisión establecidos por la UnB. Para presentar la solicitud a la UnB, el estudiante deberá completar el formulario de «solicitud general», adjuntar los documentos indicados y enviarlo a
saaatendimento@unb.br (ver detalles en el punto 3 a continuación).
Passo a passo:
1. Solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado:
Link:
https://www.gov.br/pt-br/servicos/solicitar-refugio
Formulario:
https://sisconare.mj.gov.br/conare-web/login?1 > Haga clic en «Registrarse»
2. Validar los expedientes académicos de secundaria y primaria en el Departamento de Educación del GDF (Gobierno del Distrito Federal):
Link:
https://www.educacao.df.gov.br/cedf-equivalencia-de-estudos/
Órgano jurídico responsable:
Conselho de Educação do Distrito Federal (CEDF)
Endereço
Setor Comercial Norte, Quadra 6, Conjunto A, Bloco B, Edifício Venâncio 3000, 10° andar
Horário de Atendimento
8h às 12h e 14h às 18h (exceto às terças-feiras)
Telefone
(61) 3318-2963 – equivalência de estudos | (61) 3318-2962 – protocolo
E-mails
cedf@edu.se.df.gov.br – geral | cedf.equivalencia@edu.se.df.gov.br – equivalência de estudos
3. Para presentar la solicitud a la UnB, el estudiante deberá enviar los documentos enumerados a continuación a saaatendimento@unb.br:
a) Formulario de «Solicitud general», disponible en la página
https://www.saa.unb.br/graduacao/formularios. Enlace directo al formulario:
https://saa.unb.br/images/documentos/graduacao/formularios/Novos_Formularios/FORMULRIO_-_SOLICITAO_GERAL_-_SITE.pdf;
b) Documento de identidad;
c) Declaración o certificado de la condición de refugiado emitido por el Comité Nacional para los Refugiados (CONARE);
d) Comprobante de haber completado la educación secundaria en el país de origen.
También recomendamos la lectura de la Resolución CEPE Nº 64/2007, disponible en
http://www.deg.unb.br/images/legislacao/64_2007.pdf, que prevé la admisión de refugiados en cursos de grado en la UnB.
La información completa está disponible en el sitio web de la SAA:
https://saa.unb.br/graduacao/perguntas-frequentes-grad#aluno-a-refugiado-a
Para obtener información sobre los procedimientos para solicitar una plaza en la UnB, comuníquese con el
Decanato de Ensino de Graduação.
PREGUNTAS Y RESPUESTAS:
¿Se requiere que el solicitante de refugio acredite estudios equivalentes a la secundaria?
R: La presentación de documentación que acredite estudios equivalentes a la secundaria en el sistema educativo brasileño es esencial para el análisis de la solicitud de admisión como refugiado.
¿Se acepta un documento emitido por CONARE como comprobante de estudios secundarios?
R: Sí, a falta de documentación de estudios, CONARE es responsable de certificar los estudios requeridos.
¿El refugiado necesita someterse a alguna evaluación para obtener la inscripción?
R: No es necesario que el refugiado se someta a ninguna evaluación.
¿Existen restricciones en los cursos en los que puede matricularse un refugiado?
R: Un refugiado puede ser admitido en cursos de grado en esta universidad, siempre que existan plazas vacantes por bajas de estudiantes, traslados a otras instituciones de educación superior o plazas restantes del examen de admisión.
Normas aplicables